Seguro Colectivo de Accidentes

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Soluciones Aseguradoras Para Empresas
Seguro de Accidentes Colectivo

¿Qué es?

El Seguro de Accidentes Colectivo va dirigido a empresas. Garantiza, en caso de accidente de uno de los trabajadores asegurados, el pago de las indemnizaciones contratadas por la empresa para los supuestos de incapacidad, temporal o permanente, o muerte del asegurado al beneficiario o beneficiarios designados.


Coberturas

Este tipo de seguro puede cubrir las garantías que hayan sido contratadas particularmente de entre las que se indican a continuación:

Muerte.
Gran invalidez.
Incapacidad permanente absoluta.
Incapacidad permanente total para la profesión habitua.
Incapacidad permanente (Incluye Baremo).
Incapacidad temporal.
Asistencia sanitaria. Los gastos de asistencia sanitaria, provocados por el accidente, serán por cuenta de Previsora General, siempre que se haya estipulado su cobertura expresamente y con los límites establecidos.


Modalidades de Contratación

Las coberturas anteriormente descritas pueden ser contratadas en cualquiera de las siguientes modalidades:

Modalidad actividad profesional. Las garantías quedan limitadas a los accidentes que puede sufrir el asegurado durante el ejercicio de su profesión, oficio o trabajo habitual.
Modalidad vida privada. Las garantías quedan limitadas a los accidentes extra profesionales, es decir, los acaecidos en la vida particular y privada del asegurado, quedando por tanto excluidos los que puedan producirse en el ejercicio de actividades laborales, profesionales o empresariales.
Modalidad 24 horas. Las garantías se extienden a los accidentes acaecidos, tanto durante la vida privada como en el curso de la actividad profesional del asegurado (es decir, durante las 24 horas del día).
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